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La Justicia archiva la causa contra el alcalde de Parla por la expulsión de un concejal de Vox

Juan Abarca Lunes, 09 de Marzo de 2026 Tiempo de lectura:
El alcalde de Parla, Ramón Jurado, durante su investidura.El alcalde de Parla, Ramón Jurado, durante su investidura.

La sentencia es provisional, por lo que puede ser recurrida.

El Juzgado de Parla ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa abierta contra el alcalde de la ciudad, Ramón Jurado, tras la denuncia presentada por el portavoz de Vox en el Ayuntamiento, Juan Marcos Manrique, por presuntas coacciones y prevaricación administrativa.

 

La denuncia se originó tras su expulsión durante el pleno ordinario de octubre, en el que se produjo un enfrentamiento por la exhibición de banderas de Palestina entre el público y algunos partidos. Según la denuncia, el concejal reclamó en varias ocasiones la retirada de estos símbolos al amparo del Reglamento Orgánico Municipal (ROM), que prohíbe mostrar pancartas o carteles que puedan alterar el desarrollo de la sesión.

 

La situación generó momentos de tensión cuando el edil de Vox arrancó de forma airada una de las banderas y recibió, según su versión, insultos desde el público y desde la bancada de los grupos de izquierdas formada por PSOE, Más Madrid y Podemos-IU. Fue el momento en el que el alcalde ordenó su expulsión del pleno.

 

En un auto fechado el 15 de febrero, la jueza concluye que no existe base penal para actuar contra el regidor, aunque se trata de una sentencia provisional contra la que todavía cabe recurso. El documento recoge que, según el acta de la sesión, el alcalde consideró que las banderas no tenían la consideración de pancartas, sino de folios, por lo que entendió que no se estaba incumpliendo el reglamento municipal.

 

El juzgado sostiene que esa decisión pudo responder, en todo caso, a una interpretación discutible de la normativa, pero no a una actuación arbitraria carente de explicación razonable. Por este motivo, descarta la existencia de un delito de prevaricación administrativa.

 

Respecto a la expulsión del concejal, la resolución señala que el hecho de que no se produjeran los tres avisos previos de llamada al orden establecidos en el reglamento “carece de relevancia penal”. El auto también recuerda que, aunque existe un informe de Secretaría que apunta que la expulsión no se ajustó al reglamento, durante la sesión el secretario municipal no advirtió al alcalde de ningún incumplimiento. Además, la jueza considera que no se produjo perjuicio alguno para la ciudadanía ni para los intereses generales de la Administración.

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