
El auto determina que los hechos denunciados por el portavoz popular no acreditan la existencia de los delitos de cohecho, malversación de caudales públicos y prevaricación en la promoción del viaje de la empresa Highlife.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº6 de Valdemoro ha vuelto a decretar el sobreseimiento provisional y el archivo de la investigación abierta contra dos concejales del PSOE por las supuestas irregularidades del viaje a Pirineos promovido en 2020 por el Ayuntamiento de Ciempozuelos.
Fue el portavoz del Partido Popular, Héctor Añover, quien tomó la decisión de denunciar a Javier Morgado, concejal de Deportes, a Rosa Revuelta, concejala delegada de Educación, y a Sara Aguilera, coordinadora de Deportes, por la presunta comisión de los delitos de cohecho, malversación de caudales públicos y prevaricación en la promoción del viaje de la empresa Highlife.
Tras conocer la decisión del juzgado de decretar el sobreseimiento provisional de la investigación en marzo de 2022, Añover se acogió a su derecho a presentar un recurso de apelación que llevó a la Audiencia Provincial de Madrid a declarar la nulidad del archivo, ordenando que se dictara la nueva resolución que se ha dado a conocer esta misma semana.
El nuevo auto al que ha tenido acceso ZIGZAG, firmado el 8 de junio, determina que los hechos denunciados por el portavoz popular no acreditan la existencia de un delito de prevaricación por parte de los investigados, pues “lo que el Ayuntamiento de Ciempozuelos realizó fue promover esta actividad, no contratarla, tal y como recoge el art.25.1 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local cuando establece que el municipio podrá promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal”.
Las diligencias practicadas tampoco han podido acreditar la existencia de apropiación alguna de dinero, efectos, valores u otra clase de bienes por parte de los investigados. El juez Javier Corral Aparicio afirma que los hechos no se desarrollaron “como lo expone en su denuncia Héctor Añover”, puesto que los viajes de Sara Aguilera y Javier Izquierdo “no se sufragaron en consideración a la condición de autoridad o funcionario público de dichos investigados”. Ambos acudieron a los Pirineos como responsables de los menores.
El auto recoge testimonios de varios padres de los estudiantes que acudieron al viaje, que corroboran que el concejal de Deportes “les mantuvo informados del estado y desarrollo de la actividad deportiva” y que “estuvo muy pendiente” del niño que sufrió un pequeño accidente y tuvo que ser atendido en el hospital de Jaca.
Asimismo, el juez también asegura en su sentencia que la cesión de determinados espacios para la promoción de una actividad deportiva organizada por una agencia de viajes —la reunión con los padres se produjo en el salón de plenos y se cedió el pabellón deportivo para formalizar las inscripciones— no constituye un delito de malversación de caudales públicos.
Las reacciones del PSOE y el PP a la nueva sentencia
“No es que confiara o no en mis concejales, que por supuesto, sino que yo sabía que los hechos no habían pasado como él se los contaba al juez. Pero como el juez no lo sabía, tenía que abrir investigación e imputar a los concejales. Y este era el objetivo del portavoz del PP, para erosionar la imagen del gobierno de cara a su intención de ser alcalde. Como vemos a cualquier precio”, ha declarado la alcaldesa, Raquel Jimeno, tras conocer la sentencia.
Pese a no haber recibido aún el auto, el portavoz popular asegura que esperaba que el juez volviese a archivar la causa y que aún no sabe si recurrirá o no: “A la Audiencia acudimos porque estaba sin motivar ni fundamentar el otro auto y eso impedía poder argumentar nada. Ahora, que ya estará motivado, hay que estudiar los fundamentos jurídicos que ofrece antes de tomar cualquier decisión”. De querer tomar medidas, Añover tiene tres días desde la notificación para interponer un recurso de reforma y subsidiario de apelación, o cinco días si opta por un recurso de apelación directo.
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