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La Audiencia Provincial ratifica el sobreseimiento del ‘Caso del Chivatazo’ contra Ganemos Pinto

Raúl Martos Martínez Ver comentarios 1 Martes, 06 de Abril de 2021 Tiempo de lectura:

La UTE Valoriza-Gestyona presentó un recurso contra el fallo inicial del Juzgado de Parla, que desestimó su denuncia por falta de pruebas.

Finalmente, la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso presentado por Valoriza-Gestyona y ha ratificado el sobreseimiento provisional del conocido como ‘Caso del Chivatazo’. La UTE, encargada de los servicios de limpieza, jardinería y RSU de Pinto, denunció a varios trabajadores y a parte del equipo de gobierno de Ganemos Pinto (2015-2019) por haber ideado un supuesto entramado para rescindir su contrato con el Ayuntamiento de Pinto.

 

El relato de la empresa es de sobra conocido: asegura que Ganemos interpuso dos sanciones en base a una información que habría sido sustraída por una trabajadora a la que se le habría prometido ingresar en Aserpinto como contraprestación. La UTE denunció entre otros al entonces alcalde, Rafael Sánchez, por delitos de revelación de secretos, corrupción y prevaricación. Todos ellos fueron descartados en agosto de 2020 por el Juzgado de Parla por falta de pruebas.

 

Valoriza-Gestyona recurrió el fallo alegando, entre otras cuestiones, su improcedencia por estar pendiente la resolución de otro recurso de apelación. Los magistrados, sin embargo, consideran que el Ayuntamiento de Pinto “en el ejercicio de sus facultades de control” podía realizar inspecciones “sin previo aviso” así como conocer “cualquier información referente al cumplimiento del servicio encomendado”.

 

En su opinión, los documentos filtrados no son secretos porque no afectan a la intimidad de personas físicas o jurídicas y “no pueden considerarse como razonables las medidas de seguridad adoptadas para custodiar dicha documentación presuntamente secreta”. Un hecho que hace imposible saber quién los sustrajo puesto que se encontraban “en una sala de paso sin llaves a la que cualquiera podía tener acceso” y era habitual “que unos trabajadores utilizaran las claves y ordenadores de otros”. Además, no ningún acuerdo de confidencialidad.

 

La Audiencia también considera que no existen pruebas suficientes para justificar los delitos de prevaricación administrativa y corrupción en los negocios al no quedar acreditado que existiese esa promesa de contratar en Aserpinto a la trabajadora que supuestamente robó los documentos. En cualquier caso, los magistrados recuerdan que se trata de temas que deben de resolverse por la vía administrativa y en el orden contencioso-administrativo y no en sede penal.

 

Aunque Valoriza-Gestyona no ha sido condenada en costas, contra la resolución no es posible interponer un recurso ordinario. Para Unidas Pinto el auto es “contundente” y reafirma su posición de que “la denuncia carecía de fundamento y que se trataba de la reacción de la UTE ante las sanciones impuestas”. A pesar del fallo el partido cree que la simple denuncia consiguió “desprestigiar” su gestión en el Ayuntamiento de Pinto y amedrentar al PSOE “ya que desde esos acontecimientos las posibles sanciones y acciones contra la gestión del servicio han brillado por su ausencia”.

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