El Tribunal Superior de Justicia de Madrid señala que se vulneran derechos y libertades fundamentales.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha tumbado las medidas que el Gobierno central impuso el pasado viernes a la Comunidad de Madrid en materia de restricciones de movilidad para frenar los contagios de coronavirus al entender que “afectan a derechos y libertades fundamentales”.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid ha rechazado así todas las medidas que se aplicaron el pasado viernes a diez municipios de la región entre los que se encontraba la capital de la región, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz.
Los tribunales dan la razón a Ayuso y las limitaciones que afectan actualmente a casi cinco millones de madrileños quedarán restringidas y no podrá multarse a quienes las incumplan.
En el auto, que se ha conocido esta misma mañana, se explica que “la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, y en concreto su artículo 65, no contiene una habilitación legal para el establecimiento de medidas limitativas de derechos fundamentales”.
Ayer mismo el Ejecutivo regional solicitaba nuevamente al Gobierno central que se eliminasen las medidas que entraron en vigor el pasado viernes, aduciendo a los nuevos datos de mejoría en la Comunidad. Ahora, tras esta decisión judicial, todas las restricciones aplicadas quedan en el aire, tanto las de movilidad entre municipios como las de restricciones de aforo y límites horarios.
La decisión del TSJM con respecto a las restricciones de Madrid llega un día antes de la primera festividad tras la estación estival, en el que habitualmente cientos de madrileños viajan a sus segundas residencias o se marchan de vacaciones a otros lugares de España aprovechando que el calendario laboral marca como festivo el día 12.

















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