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Las sanciones por consumo de alcohol o drogas aumentan a 1.000 euros

El 9 de mayo entra en vigor la nueva ley de Tráfico

Juan Abarca Jueves, 08 de Mayo de 2014 Tiempo de lectura:

Tras la ratificación del Congreso de los Diputados del pasado 20 de marzo, la nueva ley de Tráfico entrará en vigor a partir del 9 de mayo. Entre las principales novedades destaca la prohibición de consumo de drogas durante la conducción, considerado delito y sancionado con 1.000 euros y la pérdida de 6 puntos por su mera presencia en el organismo. Del mismo modo todos los usuarios de la carretera, peatones incluidos, deberán someterse a las pruebas de alcohol y de drogas cuando estén implicados en un accidente o cometan una infracción.

La utilización del uso de detectores de radar supondrá una sanción de 200 euros y la retirada de 3 puntos, uniéndose a la ya existente prohibición del uso de inhibidores de radar. En cuanto al consumo de alcohol se eleva a 1.000 euros la multa cuando el conductor supere el doble de la tasa permitida o sea reincidente por haber dado positivo en el último año.

Además se amplía a 20 días el periodo voluntario para pagar multas o realizar alegaciones aunque renunciando con ello a la presentación de recursos. Por otro lado, el texto abre la puerta a aumentar en algunos tramos de autovías y autopistas el límite de velocidad hasta los 130 kilómetros hora y reducir en 10 por hora la máxima en carreteras secundarias.

Ciclistas | La nueva norma incluye varias novedades para los ciclistas que desde la Agrupación Cicloturista de Pinto han querido detallar. A partir del viernes quedará prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores así como la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación. Sólo quedará excluida esta última directriz si la comunicación se puede desarrollar sin emplear las manos o cascos.

Los puntos más trascedentes quedan detallados en los artículos 34 y 47. Los menores de dieciséis años deberán estar siempre protegidos cuando circulen en bicicleta con independencia del lugar por donde lo hagan, mientras que el resto deberán llevarlo en las vías urbanas, interurbanas y travesías. Además el adelantamiento de vehículos a ciclistas queda mucho más detallado en la nueva ley.

A partir de ahora esta maniobra deberá realizarse ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, en su caso, de la calzada y guardando una anchura de seguridad de al menos 1,5 metros. Queda expresamente prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario, incluso si esos ciclistas circulan por el arcén.

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