Birdlife
Tienes activado un bloqueador de publicidad

Intentamos presentarte publicidad respectuosa con el lector, que además ayuda a mantener este medio de comunicación y ofrecerte información de calidad.

Por eso te pedimos que nos apoyes y desactives el bloqueador de anuncios. Gracias.

Continuar...

Un vocal de este Tribunal ha emitido un voto particular que da la razón al recurso

El TACP desestima el recurso del PSOE contra la externalización de Aserpinto

Ver comentarios 3 Martes, 04 de Marzo de 2014 Tiempo de lectura:

El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (TACP) ha desestimado el recurso presentado por el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Pinto contra la externalización de Aserpinto. El Tribunal acuerda, por mayoría, “inadmitir” por “falta de competencia” el recurso especial interpuesto por el concejal socialista Juan Diego Ortiz, en nombre de su grupo municipal, el 31 de diciembre pasado, lo que pone fin a la vía administrativa.

[Img #7993]

Mediante un voto particular, la vocal del TACP, Mª Jesús Martínez Aníbal-Álvarez, manifiesta su desacuerdo con la resolución y afirma que el Tribunal sí “tiene competencia para resolver sobre el fondo del asunto”.  

  

El portavoz del Grupo Socialista, Juan José Martín, ha declarado a Zigzag que “no recurrirán” la resolución del TACP ante el Tribunal Superior de  Justicia de Madrid, porque “interpondremos una demanda ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 29 de Madrid”. Martín añadió que “el voto particular, emitido por la vocal del TACP, coincide plenamente con los argumentos recogidos en el cuerpo de la demanda que presentaremos en el Juzgado”.

 

Inicios de la externalización | El 11 de septiembre pasado, el Pleno del Ayuntamiento de Pinto aprobó el cambio de gestión del servicio de limpieza viaria, mantenimiento de parques y jardines y recogida de basuras que hasta entonces llevaba la empresa municipal Aserpinto. Una semana después, el Pleno aprobó los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas y el expediente para la adjudicación del contrato por 10 años.

 

Valoración de las licitadoras | El 27 de septiembre se publica la oferta en el BOE con un precio máximo de 6.210.261,86 € iva incluido. Se presentan cuatro licitadoras: Acciona, Urbaser, Cespa y la UTE Valoriza-Gestyona. El 27 de noviembre la técnico jefe de la Sección de Urbanismo, Vivienda y Medio ambiente del Ayuntamiento de Pinto emite un informe de valoración en el que puntúa da las siguientes puntuaciones:

 

-         - UTE Valoriza-Gestyona: 44,82 puntos.

-        - Urbaser: 43,87 puntos.

-        - Cespa: 43,78 puntos.

-        - Acciona: 40,38 puntos.

 

Dos días después, se reúne la Mesa de Contratación del Ayuntamiento y Patricia Mascías explica su informe de valoración, que es votado favorablemente por los representantes del PP, el vocal asesor-jurídico y el asesor técnico y por la interventora del Ayuntamiento. Votan en contra los representantes del PSOE y MIA.  

 

Posteriormente se abren los sobres con las ofertas económicas, que son las siguientes iva incluido:

 

-        - Valoriza-Gestyona: 5.586.130,55 €.

-        - Cespa: 5.931.574,00 €.

-        - Urbaser: 5.934.871,50 €.

-        - Acciona: 5.934.871,50 €.

 

Se otorga a todos los ofertantes la máxima puntuación por el precio, que es de 51 puntos. Llama la atención, como sí recoge el TACP, que dos empresas, Urbaser y Acciona, oferten exactamente el mismo precio. La puntuación final es la siguiente:

 

-       -  Valoriza-Gastyona: 95,82 puntos.

-        - Urbaser: 94,87 puntos.

-        - Cespa: 94,78 puntos.

-        - Acciona: 91,38 puntos.

 

Contrato | Tras esto se propone a Valoriza-Gestyona como adjudicataria del contrato, lo que es aprobado por el Pleno del 16 de diciembre. El 30 de diciembre se formaliza el contrato  entre el Ayuntamiento de Pinto y la UTE Valoriza-Gestyona por un importe anual de 5.586.139,55 € anuales con la relación de los 173 trabajadores de Aserpinto adscriptos. Finalmente, dos de estos trabajadores se quedan en la empresa municipal por lo que la UTE comienza el 1 de enero sus trabajos con 171 trabajadores subrogados.

 

Recurso del PSOE | El 31 de diciembre el concejal socialista Juan Diego Ortíz presenta, en nombre del PSOE de Pinto, un recurso especial contra el acuerdo del Pleno del 16 de diciembre y solicita “como medida cautelar la suspensión de la adjudicación del contrato”.  

 

Para ello, el PSOE alega, entre otros puntos, que “la oferta de Valoriza-Gestyona debe ser excluida por incumplir las formalidades establecidas en el pliego de cláusulas administrativas” y que “el informe del técnico de valoración [Patricia Mascías] presenta una ambigüedad manifiesta en la determinación de las puntuaciones de cada empresa licitadora”. El PSOE dice también que “la oferta de Cespa es la mejor” y que “no se valora adecuadamente”.

 

[Img #7994]El dictamen del Tribunal | El órgano administrativo dice en sus fundamentos de derecho que “este Tribunal entiende que en contrato objeto del presente recurso no puede encuadrarse en la categoría de contrato de gestión de servicios públicos sino como contrato de servicios”. Y señala que “el recurso especial en materia de contratación tiene carácter precontractual (…) por lo tanto, en esta fase este Tribunal no tiene competencia para conocer el objeto del recurso”.

 

Por ello, “por mayoría, el Tribunal acuerda inadmitir el recurso interpuesto por Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Pinto”.

 

Voto particular | Contra este acuerdo, la vocal Mª Juana Martínez hace un voto particular en el que “manifiesta su discrepancia en defensa de la interpretación a favor de la competencia del Tribunal para conocer el fondo del recurso”. Para la vocal “resulta incongruente que se recalifique el tipo de contrato objeto del recurso [que pasa a ser de gestión de servicios y no de gestión de servicios públicos] para seguidamente (…) declararse incompetente para conocer el objeto del recurso (…). Si se tramitó el expediente bajo un régimen jurídico que no es el que le corresponde, el procedimiento debería considerarse nulo de pleno derecho”.

 

Finalmente, la vocal concluye que “procedía admitir los motivos de impugnación”, porque “aplicaba consideraciones subjetivas que vulneraban los principios de transparencia y no discriminación e igualdad de trato que rigen las contrataciones en el sector público”. Y más cuando, “la escasa diferencia en las puntuaciones hacía que la valoración afectase de forma decisiva a la adjudicación”.

Ver comentarios (3)
Comentar esta noticia
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.99

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.