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Absuelta la vecina de Valdemoro acusada de apropiarse de 58.000 euros de su padre enfermo

Raúl Martos Martínez Jueves, 08 de Octubre de 2026 Tiempo de lectura:

No ha quedado demostrado que la acusada engañara a su padre o se aprovechara de su deterioro físico y psíquico.

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto en primera instancia a la mujer que estaba acusada de apropiarse de unos 58.000 euros de su padre, al que cuidaba en su domicilio de Valdemoro, al considerar que no ha quedado acreditado que actuara sin su conocimiento y consentimiento. La Fiscalía solicitaba una condena de 18 meses de prisión por un delito de estafa al entender que había dispuesto de 11.000 euros mediante retiradas de la tarjeta de crédito de su padre y de otros 47.000 euros a través de una transferencia bancaria.

 

Fue el propio padre, fallecido en 2021, quien denunció los hechos, si bien su hija defendió que conocía las operaciones y que había consentido las disposiciones de dinero. El tribunal, tras analizar las pruebas presentadas durante el juicio, celebrado a principios de septiembre, considera que “no ha quedado debidamente acreditado que las disposiciones de dinero” realizadas entre marzo y junio de 2020 se efectuaran sin conocimiento o consentimiento del padre.

 

La Sala tampoco considera probado que la acusada utilizara algún tipo de engaño para conseguir que su padre otorgara a su favor una escritura de donación y el testamento fechado el 6 de mayo de 2020. Considera por tanto “plausible” que el hombre conociera y consintiera las operaciones económicas realizadas por su hija e incluso que pudiera haberlas ordenado como una forma de compensarla por los cuidados que recibía en su domicilio.

 

El tribunal también contempla otra posibilidad: que el padre quisiera mantener un reparto económico similar entre sus dos hijos. Según recoge la resolución, los 47.000 euros transferidos a la acusada podrían corresponderse con una cantidad que años antes había entregado al otro hijo para ayudarle a adquirir una vivienda. Por tanto, la Audiencia Provincial no puede determinar que la mujer se aprovechara del estado físico o mental de su padre para hacerse con su dinero. La decisión, sin embargo, no es firme y puede ser recurrida.

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