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Tres años de cárcel para el hombre que dejó en silla de ruedas a la persona que asaltó su casa en Ciempozuelos

Juan Abarca Viernes, 05 de Junio de 2026 Tiempo de lectura:
El Leyenda, a las puertas de los juzgados.El Leyenda, a las puertas de los juzgados.

Aunque la Audiencia Provincial de Madrid admitió que actuó en legítima defensa, entiende que la respuesta fue desproporcionada al efectuar varios disparos.

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a tres años de prisión a un hombre, Carlos Acevedo, por un delito de homicidio en grado de tentativa tras disparar en varias ocasiones a uno de los individuos que irrumpieron en su vivienda de Ciempozuelos el 11 de julio de 2023. Héctor Manuel Mejía, alias El Leyenda, antiguo cabecilla de la banda Dominican Don’t Play, sobrevivió gracias a la rápida asistencia médica, aunque las graves secuelas sufridas le obligan actualmente a desplazarse en silla de ruedas y le han provocado una incapacidad permanente para trabajar.

 

La sentencia, dictada tras la celebración de un juicio con jurado popular, aprecia en favor del acusado las atenuantes de confesión, alteración psíquica derivada de su adicción a sustancias estupefacientes y una atenuante analógica de legítima defensa.

 

Los hechos se remontan a la tarde del 11 de julio de 2023. Según considera probado el tribunal, dos hombres acudieron a la vivienda donde residía el condenado con la intención de recuperar la posesión del inmueble, que uno de ellos consideraba de su propiedad. Cuando el ocupante abrió parcialmente la puerta para comprobar quién llamaba, ambos la forzaron de una patada y accedieron al interior contra su voluntad. Una vez dentro, obligaron al residente a dirigirse al salón. En ese momento, uno de los asaltantes exhibió una pistola para intimidarlo. La situación derivó en un forcejeo por el control del arma, que finalmente terminó en manos del ocupante de la vivienda.

 

El jurado consideró acreditado que este efectuó entre cinco y seis disparos. Uno de los proyectiles alcanzó a uno de los intrusos en una zona de extrema gravedad, causándole lesiones que pusieron en serio peligro su vida. La resolución judicial señala que, de no haber recibido atención sanitaria urgente, habría fallecido. Pese a la condena impuesta al autor de los disparos, la Audiencia también ha condenado a los dos hombres que irrumpieron en la vivienda. Ambos han sido considerados coautores de un delito de allanamiento de morada con violencia e intimidación y deberán cumplir dos años de prisión, además de abonar una multa de siete meses.

 

Uno de ellos, identificado como Héctor Manuel M. S., ha recibido además un año adicional de cárcel por tenencia ilícita de armas. La sentencia considera acreditado que la pistola utilizada durante los hechos era de su propiedad, aunque nunca llegó a ser recuperada. El tribunal basa esta conclusión en las lesiones ocasionadas, los impactos hallados en la vivienda y las declaraciones coincidentes de los implicados sobre la existencia del arma.

 

La resolución otorga mayor credibilidad a la versión ofrecida por el ocupante de la vivienda. En este sentido, destaca que existían denuncias previas presentadas ante la Guardia Civil en las que alertaba de amenazas para que abandonara el inmueble y manifestaba su temor a que los acusados acudieran armados. Los magistrados consideran probado que la entrada en la vivienda se produjo de forma violenta y que los asaltantes utilizaron tanto la fuerza como la intimidación para tratar de expulsar a quien residía allí. Por ello, descartan la versión ofrecida por los condenados por allanamiento.

 

Respecto a la actuación del hombre que disparó, la Audiencia rechaza aplicar una eximente completa de legítima defensa. Sin embargo, reconoce que existió una agresión ilegítima previa derivada de la irrupción en el domicilio y de la exhibición del arma de fuego. A juicio del tribunal, actuó para repeler el ataque, pero empleó una respuesta excesiva al efectuar varios disparos que alcanzaron una zona vital. La sentencia también tiene en cuenta que el condenado sufría una adicción a sustancias estupefacientes que afectaba parcialmente a su capacidad de autocontrol. Además, valora que, tras los hechos, llamó a la Guardia Civil para informar de lo ocurrido, facilitó su localización y se entregó sin ofrecer resistencia.

 

La Audiencia concluye que asumió el riesgo de causar la muerte al disparar varias veces a corta distancia, motivo por el que le condena por homicidio en grado de tentativa. No obstante, rechaza la petición de una de las acusaciones de elevar los hechos a un delito de asesinato en grado de tentativa al no apreciar las circunstancias necesarias para ello.

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