Colegio Juan Pablo II
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El TSJ avala el despido de un vigilante del centro comercial de Valdemoro por sustraer chocolatinas

Juan Abarca Martes, 27 de Enero de 2026 Tiempo de lectura:

La Justicia considera probada y grave la conducta del trabajador, que fue grabado sacudiendo una máquina expendedora durante su turno de madrugada para obtener productos sin pagar.

Valdemoro fue el escenario de los hechos que han llevado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid a confirmar el despido disciplinario de un vigilante de seguridad que trabajaba en un conocido centro comercial del municipio. El alto tribunal ha dado la razón a la empresa tras constatar que el empleado fue grabado por las cámaras de seguridad apropiándose de dos barritas de chocolate sin abonarlas.

 

Según recoge la resolución judicial, los hechos ocurrieron en enero de 2023, en torno a las dos de la madrugada, cuando el trabajador, sin introducir ninguna moneda, “empujó violentamente con su cuerpo” una máquina expendedora para obtener un producto, una acción que repitió minutos después. El valor de los artículos sustraídos ascendía a 1,75 euros. Tras revisar las grabaciones, la empresa presentó denuncia ante la Guardia Civil y procedió al despido del vigilante.

 

El afectado recurrió la decisión ante los tribunales al considerar la sanción desproporcionada y cuestionar la validez de las imágenes, alegando además que se habían presentado ante la Guardia Civil fuera del plazo de 72 horas desde que se grabaron. Sin embargo, el TSJ de Madrid recuerda que la ley permite conservar las grabaciones hasta un mes cuando sirven para acreditar actos contra bienes o instalaciones, y subraya que el trabajador había autorizado previamente el uso de las imágenes para controlar el desempeño laboral.

 

En su fallo, los magistrados concluyen que “la conducta del actor, empujando violentamente una máquina expendedora para coger productos sin haberlos pagado”, reúne la gravedad y culpabilidad necesarias “para justificar la máxima sanción de despido”. De este modo, confirman la procedencia del cese, aunque la sentencia todavía puede ser recurrida en casación para unificación de doctrina.

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