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El Ayuntamiento de Parla es condenado a devolver doce plusvalías indebidamente cobradas

Raúl Martos Martínez Viernes, 24 de Enero de 2025 Tiempo de lectura:

Tendrá que abonar tanto las liquidaciones cobradas como los intereses correspondientes.

Revés judicial para el Ayuntamiento de Parla en el ámbito económico. El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad del impuesto de la plusvalía en casos en los que no existe un incremento en el valor de los terrenos. El Consistorio, de hecho, tendrá que devolver al Banco Santander los 21.681 euros que le cobró por las liquidaciones de doce de sus propiedades más los correspondientes intereses.

 

La sentencia, con fecha de diciembre de 2024 y a la que ha tenido acceso El HuffPost, recoge cómo el Ayuntamiento de Parla ni siquiera dio respuesta a un recurso contencioso administrativo presentado en 2021 por el banco, al que la justicia madrileña le dio la razón. El Consistorio recurrió entonces al Tribunal Supremo alegando que no era procedente realizar revisión alguna sobre las liquidaciones porque ya habían sido emitidas de manera firme.

 

A pesar de sus esfuerzos, el Supremo ha ratificado el fallo inicial: “La nulidad ex tunc no tiene más límites que la intangibilidad de situaciones resueltas mediante sentencia firme con fuerza de cosa juzgada”. Considera que los principios de capacidad económica y prohibición de confiscatoriedad fueron vulnerados al cobrar un impuesto por una transmisión que había acarreado a la entidad una pérdida de valor.

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