Una de las mesas electorales de Pinto, el pasado 28 de mayo.Los ayuntamientos tienen hasta el 28 de junio para designar a los miembros de las mesas. Serán notificados, en mano, en el plazo de tres días.
Apenas un mes después de la constitución de los ayuntamientos, los españoles tendrán que volver a pasar por las urnas el próximo 23 de julio. La fecha de los comicios generales, en plenas vacaciones de verano, hace que muchos votantes estén más ansiosos que nunca por conocer si tendrán que aparcar sus planes para cumplir con la obligación de ser presidentes o vocales en su colegio electoral.
¿Cuándo se sabrá? Los ayuntamientos tienen la obligación de designar a los miembros de las mesas electorales, mediante sorteo público, entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria. En este caso, entre el 22 y el 28 de junio. Los de Pinto y Ciempozuelos lo harán hoy mismo, en plenos extraordinarios convocados a las 10.00 y a las 14.00 horas, respectivamente.
En Valdemoro y San Martín de la Vega habrá que esperar al lunes 26 de junio. Los miembros de las mesas serán notificados en mano en el plazo de tres días, por lo que, como tarde, los vecinos de los cuatro municipios del sur de Madrid conocerán su destino el jueves 29 de junio.
Los designados tendrán un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona, siempre que exista una causa justificada y documentada que les impida aceptar el cargo. A las habituales —incapacidad temporal para el trabajo, tener más de 65 años, haber formado parte de una mesa electoral más de dos veces en los últimos diez años, etc—, se suma haber contratado un viaje antes del 30 de mayo, fecha de la convocatoria de elecciones. Se valorará que la cancelación de ese trayecto suponga un perjuicio económico o trastorno grave al solicitante y que se pueda asegurar la integración plena de las mesas.
Una vez hecha la petición, la Junta Electoral de Zona resolverá la solicitud, sin posibilidad de recurso, en el plazo de cinco días.
Plazos para votar por correo
Aquellas personas que necesiten solicitar el voto por correo podrán hacerlo acudiendo a cualquier oficina de Correos, o con el certificado digital en su web, antes del 13 de julio. La Oficina del Censo Electoral empezará a enviar la documentación necesaria para votar a la dirección indicada a partir del 3 de julio, teniendo como fecha límite para enviar la papeleta el jueves 20 de julio.
Es importante tener en cuenta que pedir el voto por correo no exime de ser convocado para ser miembro de una mesa electoral. Únicamente posibilita poder ejercer este derecho sin tener que acudir presencialmente a las urnas.

















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