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Madrid aprueba el Bono de Alquiler Joven: estos son los requisitos para solicitarlo

Graciela Díaz Cuervo Jueves, 15 de Septiembre de 2022 Tiempo de lectura:
Una joven contempla la oferta de alquileres en un municipio de Madrid | José Ramón Ladra (ABC)Una joven contempla la oferta de alquileres en un municipio de Madrid | José Ramón Ladra (ABC)

La ayuda no se podrá pedir hasta que no se publique la Orden del Gobierno autonómico en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). El Gobierno regional ha subido el límite del precio de alquiler a 900 euros por vivienda y a 450 por habitación en 29 localidades.

La Comunidad de Madrid ha dado el visto bueno al Bono Joven de Alquiler, casi nueve meses después de que el Real Decreto 42/2002 fuese aprobado en el Consejo de Ministros. Enrique Ossorio, vicepresidente y portavoz del Ejecutivo madrileño, fue el encargado de comunicarlo ayer en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno. 

 

La Orden del Gobierno autonómico para solicitar esta ayuda, financiada a través de los Presupuestos Generales del Estado (PGE), se publicará en los próximos días en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). Será en ese momento cuando se abra el proceso de solicitud de la subvención de 250 euros al mes, que se concederá por un plazo de dos años hasta un máximo de 6.000 euros.  

 

Para asegurar que más personas puedan acceder a este bono, el Gobierno regional de la Comunidad de Madrid ha decidido ampliar los límites máximos impuestos al precio de alquiler en la normativa estatal —600 euros por vivienda y 300 por habitación— en 29 municipios, alcanzando los 900 euros/mes en el caso de arrendar un inmueble y los 450 euros/mes si se trata de una habitación. Entre las localidades de la lista se encuentran, además de Madrid centro, Pinto y Valdemoro.

 

Los interesados en pedir estas ayudas también deberán tener: 

 

- Entre 18 y 35 años y residencia legal en España.

 

- El piso arrendado como residencia habitual. El artículo 7 del Real Decreto establece el certificado de empadronamiento como forma de probar que la vivienda de alquiler es la residencia habitual del interesado en la ayuda. 

 

- Una renta inferior a los 24.318,84 euros anuales.

 

- Una fuente regular de ingresos con rentas anuales. 

 

- Al menos tres meses de vida laboral en los seis meses anteriores al momento en el que se presente la solicitud de la ayuda. 

 

No es el modelo de ayudas de la Comunidad de Madrid

 

En su intervención ayer, Enrique Ossorio precisó que este no era el modelo de ayudas a la vivienda promovido por la Comunidad de Madrid al poder darse “un efecto boomerang sobre el precio de alquiler”. Para el vicepresidente, la mejor manera de bajar el precio de los arrendamientos es “incentivando la oferta”. 

 

Es por esta razón por la que el Gobierno regional ha renunciado a incrementar en 100 euros el importe de esta ayuda, una posibilidad que recogía la normativa estatal. La decisión ha sido criticada por el portavoz del PSOE, Juan Lobato, quien considera que esta cantidad “es insuficiente” para Madrid ante los altos alquileres.

 

 

En relación con la tardanza en la aprobación de las ayudas —la Comunidad de Madrid ha sido una de las últimas regiones en dar el “sí” definitivo al Bono de Alquiler Joven—, Ossorio ha argumentado que el Real Decreto 42/2002 tenía “imprecisiones”, que “hubo falta de transparencia” por parte del Gobierno y que no se transfirieron fondos hasta el mes de junio, cuando la región recibió 14 de los casi 32 millones de euros previstos para 2022.

 

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