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La Comunidad de Madrid prohíbe el ingreso a los condenados por delitos sexuales en las policías locales

Laura Álvarez Gurrea Viernes, 17 de Septiembre de 2021 Tiempo de lectura:

El nuevo reglamento excluye a todas las personas condenadas por delitos sexuales y elimina el criterio de estatura como exigencia para presentarse a las oposiciones.

La Comunidad de Madrid no permitirá el posible ingreso en las policías locales de toda persona condenada con sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual. El Consejo de Gobierno ha aprobado este miércoles esta medida en el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales, actualizando y modernizando la organización y formación de los cuerpos policiales de los municipios madrileños.

 

La normativa reciente determina el tipo de pruebas que hay que superar y los méritos para valorar en las fases de concurso. Con esta actualización, el Gobierno autonómico regula la configuración de las plantillas para proteger a los ciudadanos de Madrid y a las víctimas de este tipo de delitos.

 

Otra de las novedades aprobadas este miércoles es la desaparición del criterio de estatura como exigencia para presentarse a las oposiciones a policía local. Además, la Comunidad de Madrid ha establecido como número mínimo orientativo la existencia de cinco agentes por cuerpo policial y va a coordinar y a apoyar la colaboración entre ayuntamientos para el suministro de recursos técnicos e informáticos especializados.

 

Con respecto a la formación de los agentes, la nueva norma fija como prioridad lograr una formación continua y especializada, que garantice el progreso de la cualificación policial y la seguridad de los ciudadanos. El Ejecutivo regional sitúa al Instituto de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid (IFISE) como referencia para la formación de los profesionales.

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