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Desestimadas las medidas cautelares solicitadas contra la junta directiva del Atlético de Pinto

Raúl Martos Martínez Lunes, 24 de Mayo de 2021 Tiempo de lectura:

El anterior presidente pidió que se suspendieran de forma cautelar los acuerdos adoptados en la junta del pasado 16 de noviembre, cuando el abogado José María Garzón se erigió como presidente de la entidad.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº4 de Parla ha desestimado las medidas cautelares solicitadas por el equipo del expresidente del Atlético de Pinto, Arcadio Fenoll, contra la junta directiva de José María Garzón. Fenoll pidió que se anulase la junta celebrada el 16 de noviembre de 2020 en la que fue destituido y durante la que el abogado del club se erigió como presidente.

 

El relato de los hechos arroja algo de luz sobre la transición entre Óscar Garvín y Arcadio Fenoll y cómo posteriormente Garzón pudo autoproclamarse presidente. Elite 10 Promises, empresa del exfutbolista Francisco Medina Luna, ‘Piti’, fue la encargada de tomar el control del Atlético de Pinto. La intención era que los nuevos socios protectores, los únicos con voz y voto dentro del club, fueran Luis Miguel Hermoso, ‘Piti’, Pablo Acosta, José María Garzón y, de forma temporal, Luis y Óscar Garvín.

 

Sin embargo, el magistrado Víctor Valdivia considera que “del acuerdo para la toma de control del club […] se resuelve que existe una junta que en ningún caso será junta directiva según el sentido literal”. La junta directiva legítima, afirma, sería la compuesta por Arcadio Fenoll, Ana Medina, José María Garzón, Eduardo Garzón y Jesús Garzón. Un hecho del que el equipo de Fenoll asegura que no había tenido constancia hasta aquel mes de noviembre en el que perdieron el control de la entidad.

 

Es por ello que el juez da validez a la polémica junta del pasado mes de noviembre a la que únicamente asistieron el propio José María Garzón junto con su hermano Jesús y su hijo Eduardo. “Comparecieron tres de los cinco socios mencionados […], concurriendo, por tanto, la mayoría de los socios del club”, apunta. El fallo también recoge que no se han justificado debidamente las medidas cautelares ya que “únicamente se indicó que se podían producir perjuicios para el club sin hacer mayor precisión al resto, motivo que determinaría por sí solo la desestimación de la petición”.

 

El auto, al que ha tenido acceso ZIGZAG, condena en costas a Arcadio Fenoll, si bien el magistrado recuerda que “podrá reproducir su solicitud si cambian las circunstancias existentes en el momento de la petición”. El expresidente, además, ha anunciado que probablemente presentará un recurso de apelación contra la resolución.

 

Por su parte, el Atlético de Pinto ha emitido un comunicado en el que ha celebrado el fallo y ha asegurado que significa que “José María Garzón es el actual presidente del club Atlético de Pinto y su nombramiento, así como el de su junta directiva, se constituyó de manera legítima en la asamblea extraordinaria”.

 

Lo cierto, sin embargo, es que el proceso sigue adelante -el juzgado únicamente ha valorado las medidas cautelares solicitadas- y que la Comunidad de Madrid sigue sin reconocer a la actual directiva, que todavía debe de nombrar una persona intermediaria mientras se resuelve la vía judicial. “Las mentiras son muy fáciles de creer, pero las verdades hay que demostrarlas y justificarlas y esta junta directiva así lo ha hecho”, afirman desde el club a pesar de todo.

 

En cualquier caso, el Atlético de Pinto espera que “la debida estabilidad institucional llegue por fin de la mano de este auto y que la anterior junta directiva deje de manipular la realidad y de desprestigiar al club a través de numerosas campañas que lo único que buscan es dañar y crear un clima de crispación en torno a la gestión actual”.

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