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Estas son las ayudas a las que puedes acceder por el temporal de Filomena

Lunes, 01 de Febrero de 2021 Tiempo de lectura:
Un árbol caído en Valdemoro a consecuencia de la nevada.Un árbol caído en Valdemoro a consecuencia de la nevada.

Los vecinos de Valdemoro, Pinto, Ciempozuelos y San Martín de la Vega ya pueden reclamar las subvenciones por daños materiales o personales generados por el paso de la borrasca Filomena.

El Gobierno de España ha aprobado un primer paquete de ayudas a damnificados por el temporal Filomena. El acuerdo contempla ayudas destinadas a paliar daños personales, o compensaciones por daños materiales en viviendas o empresas causados directamente por el temporal de nieve. También los ayuntamientos podrán optar a estas ayudas para reparar o restituir infraestructuras, equipamientos o instalaciones municipales. Además, los ayuntamientos de Valdemoro, Pinto, Ciempozuelos y San Martín de la Vega ya han pedido a pleno la declaración de "zona catastrófica" en sus términos municipales.

 

Todas las ayudas están exentas del impuesto sobe la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y están reguladas por el Real Decreto 307/2005 del 18 de marzo por el que se determinan las subvenciones derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica.

 

¿Cuándo y dónde debo presentar mi solicitud de ayuda?

 

Los ciudadanos disponen de un mes para presentar las solicitudes. Las solicitudes pueden rellenarse a través de internet (pincha aquí) con certificado digital o DNI electrónico. En la web también se explican las modalidades, requisitos y formularios necesarios.

 

¿Qué tipo de ayudas hay?

 

Las ayudas por el temporal Filomena van dirigidas a unidades familiares por daños personales o materiales en su vivienda habitual, a corporaciones locales para hacer frente a los gastos de emergencia realizados, a las comunidades de propietarios que hayan sufrido daños en elementos de uso común o a los titulares de establecimientos o empresas con un número de empleados igual o inferior a 50.

 

Ayudas a unidades familiares por daños personales

 

Estas ayudas se dan por el fallecimiento o la declaración de incapacidad en personas a consecuencia del temporal. Los beneficiarios serán los propios afectados, así como su conyugue o hijos en caso de fallecimiento.

 

Ayudas para daños materiales en viviendas y enseres

 

Se concederán ayudas por la destrucción de la vivienda, daños menores o graves que afecten a su estructura y daños en enseres domésticos de primera necesidad.

 

Los daños deben haberse producido en la vivienda habitual y haber sido causados directamente y de forma determinante por el temporal. Las cuantías van desde los 2.580 euros por la reposición de enseres domésticos de primera necesidad hasta los 15.120 euros por la destrucción total de la vivienda. Los solicitantes deben tener unos ingresos dentro de unos límites establecidos por el indicador público de la renta.

 

Más información pinchando aquí

 

Ayudas a trabajadores y voluntarios durante el temporal

 

Las personas requeridas por los Ayuntamientos o las autoridades competentes en materia de protección civil para realizar un servicio durante la tormenta podrán obtener el resarcimiento por el importe total de los gastos, daños o perjuicios ocasionados.

 

Más información pinchando aquí

 

Ayudas a las comunidades de propietarios

 

Las comunidades de propietarios que hayan sufrido destrozos o daños en elementos de uso común podrán pedir una ayuda. Las comunidades recibirán hasta 9.224 euros por los daños. Es imprescindible que se tuviera contratada una póliza de seguro en vigor y que el daño se hubiera producido por algún riesgo no incluido en el seguro.

 

Más información pinchando aquí

 

Ayudas a comercios, establecimientos y empresas

 

Las empresas o comercios que haya sufrido destrozos o daños en sus locales o naves durante la tormenta serán asimismo resarcidos. Se concederá un importe máximo de 9.224 euros. Es imprescindible que los empresarios tuvieran contratada una póliza de seguro en vigor y que el daño se hubiera producido por algún riesgo no incluido en el seguro.

 

Más información pinchando aquí

 

 

  

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