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La Comunidad de Madrid sí trasladará al hospital a los pacientes de más de 80 años

Sonia Gómez Mas Martes, 14 de Abril de 2020 Tiempo de lectura:

Hasta ahora, con una afección respiratoria y una edad superior a los 80, se recomendaba no llevar al paciente a los hospitales.

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La Comunidad de Madrid ha anunciado que eliminará el requisito de la edad de los supuestos que se desaconsejan a los sanitarios para los traslados a hospital. Hasta el momento, el actual protocolo, en vigor desde el 23 de marzo, recomendaba no trasladar a los centros hospitalarios a aquellas personas mayores de 80 años que tuvieran algún  "compromiso respiratorio, patologías o fragilidad". Lo mismo ocurre con las personas con cáncer terminal o alguna otra enfermedad de esta gravedad.

 

Tras las críticas a este criterio, desde organizaciones como Derecho a Vivir o la Asociación de Bioética, la Consejería de Sanidad trabaja en una modificación de esta ordenanza en la que se elimine la alusión a la edad y sólo se contemple la enfermedad terminal del paciente como supuesto para desaconsejar su traslado.

 

En el protocolo todavía vigente se recomienda “valorar la permanencia en el domicilio” ante "signos de compromiso respiratorio y desaturación de oxígeno” de las personas de igual o más de 80 años "con enfermedad de órgano terminal (insuficiencia cardiaca crónica avanzada, enfermedad obstructiva crónica grave, cirrosis hepática, insuficiencia renal crónica grave) y/o escala clínica de fragilidad igual o mayor a 5".

 

Niveles de fragilidad | Estas escalas están formadas por pacientes que necesitan ayuda para tomar la medicación o realizar las tareas domésticas (levemente frágiles, escala 5); aquellos que necesitan ayuda para las actividades en el exterior y para vestirse (moderadamente frágiles, escala 6); quienes tienen una fragilidad grave (7), los dependientes al final de su vida (muy graves, escala 8) y los terminales (9).

 

Con la nueva modificación, la Comunidad de Madrid además de eliminar el supuesto de la edad, dejará únicamente también como requisito aquellos pacientes con escala clínica en los niveles 8 y 9, y los enfermos de cáncer terminal.

 

Se trata del segundo cambio que se le aplica a este protocolo, ya que en inicio también se descartaban como personas trasladables aquellas que tuvieran “una demencia moderada o leve y personas con una esperanza de vida de menos de un año”, aunque ambos consejos se eliminaron de forma "inmediata" según la Consejería de Sanidad.

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