Más de un año después de la sentencia condenatoria, el Tribunal Supremo ha aceptado el recurso de casación presentado por A.V.P. en el que alega que tenía los explosivos con fines decorativos.
El 7 de septiembre de 2013 el vecino de San Martín de la Vega A.V.P. perdió su brazo izquierdo y sufrió un neumotórax y traumatismo facial severo después de que le explotase en la mano un obús de la Guerra Civil. Posteriormente la Audiencia Provincial de Madrid le condenó a cuatro años de cárcel por tenencia ilícita de sustancias o aparatos explosivos, incendiarios o asfixiantes al probar que almacenaba 197 artefactos sin carga explosiva y 18 proyectiles que sí la tenían en su domicilio del complejo militar de La Marañosa.
En la misma sentencia, del 4 de julio de 2016, el magistrado pedía un indulto parcial porque el sanmartinero “ya ha recibido un castigo considerable a su imprudente colección”. Más de un año después el Tribunal Supremo ha aceptado el recurso de casación presentado por A.V.P. en el que alega que tenía los explosivos con fines decorativos, por lo que ha procedido a rebajar su pena de 4 años a 6 meses por un delito de “riesgo provocado por explosivos”.
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