15/03/2010- . Hoy, 15 de marzo, se ha conocido la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que ratifica la sentencia dictada el 19 de noviembre pasado [1] por el Juzgado de Parla contra Reyes Maestre, primer teniente de alcalde del Ayuntamiento de Pinto, “excepto en lo referente a la responsabilidad civil por las lesiones”, dice el fallo. La Audiencia rebaja esta responsabilidad civil de Reyes Maestre de 210 a 100 euros “por las lesiones inferidas -se lee en el fallo-, manteniendo los demás pronunciamientos”.
Los hechos
Los hechos se produjeron en un receso del Pleno del Ayuntamiento de Pinto celebrado el 29 de enero de 2009, cuando al ser increpado Maestre por vecinos, este concejal se encaró con un menor, le rompió el jersey y le produjo leves daños.
La traición de Reyes Maestre
El 22 de diciembre de 2008 Maestre pactó con sus anteriores enemigos políticos, PSOE e IU, y traicionó a sus votantes en un acto de transfuguismo político electoral sin precedentes en Pinto. Desde entonces, la actividad política municipal entró en una espiral de creciente crispación. El principal responsable de esta dinámica que ha destrozado el normal funcionamiento de las instituciones políticas pinteñas no es otro que Reyes Maestre.
En su viaje al abismo de la indecencia, Maestre cambió de chaqueta y pactó con los que durante años eran, según él mismo los calificó en diferentes ocasiones, “corruptos”, “manipuladores” y “especuladores”. Expulsado en marzo de 2008 del Gobierno local del PP ”por traicionar el Pacto de Gobierno PP-JpP”, Maestre negoció con los populares para volver a entrar en el Gobierno, pero, según manifestó la ex alcaldesa Miriam Rabaneda en rueda de prensa, “no estábamos dispuestos a ceder al chantaje, las presiones y la extorsión”.
Tras la moción, Maestre pasó a cobrar su parte del pastel: participación en todos los órganos de gobierno para así cobrar todas las dietas y comisiones posibles, elevó a su mujer Aida Mª Nunes [una persona sin formación ni experiencia profesional, que estaba en el paro] a consejera delegada de Aserpinto y nombró a un hijo de ambos cargo de confianza del Ayuntamiento.
La sentencia
La titular del Juzgado nº 1 de Parla, Concepción Aparicio Torres, condenó a Reyes Maestre el 19 de noviembre a un mes de multa y a que indemnice al joven agredido con 210 € por las lesiones causadas, más 29 € por la rotura del jersey. Además le condenó también a pagar las costas del procedimiento.
La jueza apreció “veracidad” y “coherencia” en las declaraciones del joven y de dos testigos presenciales de los hechos, y tuvo en cuenta el parte de lesiones del centro de salud.
El recurso
Reyes Maestre recurrió esta sentencia en base a tres motivos: a) discrepancia con los hechos probados; b) Vulneración del principio de presunción de inocencia; y c) Incongruencia de la sentencia por cuanto como responsabilidad civil ha fijado una cantidad superior a la reclamada por el perjudicado.
La sentencia de la Audiencia
El magistrado de la Audiencia, Luis Carlos Pelluz, desmonta los dos primeros motivos y admite parcialmente el tercero.
Sobre el apartado a), la sentencia dice: “No se aprecia ningún error en la valoración de la prueba testifical. El relato fáctico se corresponde con las pruebas practicadas en el juicio oral, al que ha acudido el denunciado asistido de letrada, por lo que no ha habido indefensión. No siendo admisible sustituir el criterio imparcial del juzgador por el parcial de la parte recurrente. Lo que conlleva el rechazo del motivo”.
Sobre el apartado b), la sentencia dice: “No se ha producido infracción del derecho fundamental a la presunción de inocencia, pues la sentencia recurrida relata que los hechos han sido probados por el testimonio prestado por la víctima, así como por las declaraciones de los agentes que intervinieron tras los hechos, todas prestadas en el acto del juicio” (…) La sentencia recurrida parte de la inocencia de Reyes Maestre y tras la práctica de la prueba, el juzgador cuenta con prueba de cargo suficiente, por lo que el resultado e scondenatorio, sin que se haya vulnerado el derecho fundamental”.
Sobre el apartado c), la sentencia dice: “La víctima sufrió erosiones en la región esternal que curaron con tan solo una asistencia, sin dejar ninguna secuela. Lo leve de las heridas hace que la indemnización deba reparar ese perjuicio que la propia defensa del perjudicado valoró en 141,30 €, sin que es´te justificado suficientemente en la sentencia la cantidad superior [210 euros] concedida por la Juez, excediendo lo reclamado, y en este sentido se ha de estimar el recurso, debiendo concederse la cantidad de 100 €, esto es, 20 € por cada día de curación”.
Reacción de Maestre
Conocida la sentencia que convierte a su condena en firme, Maestre, según la agencia Europa Press, rehusó hoy hacer valoraciones de la sentencia, ya que se encuentra aún estudiándola, aunque anunció que podría "pedir amparo a un tribunal superior", al considerar que deben hacerse valer sus derechos, puesto que sigue manteniendo que el agredido fue él.
Consecuencias
En una democracia sana, tras esta sentencia firme (incluso tras la primera sentencia del Juzgado de Parla) un político presenta su dimisión inmediatamente. Es obvio que esto no se puede esperar de un individuo como Reyes Maestre. Tampoco se puede esperar que su socio de gobierno, Carlos Penit [un personaje que ha sido condenado dos veces por prevaricación y por agresión], le pida la dimisión.
Es el alcalde Juan José Martín (PSOE) quien tiene la patata caliente en sus manos, pero, dados los antecedentes, poco se puede esperar de él. Sin embargo, el PSOE regional sí tendrá que posicionarse. Y aquí es donde seguramente la cosa no esté tan clara. Tomás Gómez quiere mantener la alcaldía de Pinto a toda costa, pero cada vez el precio que paga por ella es mayor. Así que podrían llegar a un acuerdo con Maestre para que abandonara el Gobierno, aunque no el acta de concejal y les siguiera apoyando. A cambio el alcalde mantendría a la familia de Reyes y afines en sus cargos y con sus sueldos a cuenta del Ayuntamiento de Pinto.
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