La defensa de Pedro Torrejón ha presentado un recurso de reforma contra este auto por ser “arbitrario” al mantener “de forma inexplicable e inexplicada” la imputación de su defendido.
Además, la defensa de Torrejón añade que el Tribunal de Cuentas, en cuyo inicial dictamen se basó el fiscal para interponer la querella, concluye que “no hay supuesto alguno de responsabilidad contable y procede el archivo de las actuaciones”.
En el recurso se alega que si la investigación realizada sobre el periodo de gestión 2006-2007 “concluye con la ausencia de irregularidades respecto a ninguno de los tres imputados, se entiende que no procede concluir que exista actuación ilícita alguna que permita mantener esta imputación respecto de ninguno de los intervinientes en aquellas contrataciones”.
La defensa añade que puesto que “el auto adopta como referente la resolución del Tribunal de Cuentas”, y dado que este organismo “abona sin duda un archivo para todos los imputados”, la jueza “con un inadmisible criterio seguidista de fiscal”, no archiva el proceso para Torrejón “porque el fiscal en su informe señala que es necesario incorporar los escritos de acusación del procedimiento” conocido como ‘caso Ciempozuelos’.
“Desconocemos qué razón pueda tener el fiscal, para solicitar esas diligencias -prosigue el recurso de Torrejón- y por qué el instructor [jueza en este caso] las acepta, lo que es aún más grave porque el instructor tiene la obligación de explicar sus resoluciones, que desde luego en el auto no están expresadas”.
El recurso recuerda que “los órganos judiciales, desde las Audiencias Provinciales, hasta el Tribunal Supremo, e incluso el propio Tribunal Constitucional, han fijado como criterio que desde el mismo momento en el que conste que los hechos no son delito, la causa se debe archivar, y esa posición impide la práctica de diligencias vacuas e improcedentes”.
Y concluye la defensa: “Lamentablemente, la noticia que subyace frente a los ciudadanos es que con este Auto Pedro Torrejon continúa imputado mientras que sus compañeras se ven liberadas de tal imputación, cuando resulta que los hechos que se imputaban a todos ellos son adecuados a la legalidad”. Por tanto, esta “situación además de ser arbitraria, tratando de forma desigual a quien protagoniza los mismos hechos, supone una vulneración del principio de igualdad, pues no puede haber tratamiento desigual para supuestos idénticos, salvo que se quiera estigmatizar de algún modo a quien en este momento espera de forma angustiosa la resolución de la Audiencia Provincial de Madrid desde hace casi un año, en una situación cruel e injustificable desde el punto de vista de la tutela judicial efectiva, situación que con esta resolución se agrava porque sume aún más en la tensión al justiciable y se hace, además, lo decimos con total respeto a la instructora, de forma totalmente gratuita porque es gratuito lo que carece de justificación y es totalmente innecesario”.
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