Birdlife
Tienes activado un bloqueador de publicidad

Intentamos presentarte publicidad respectuosa con el lector, que además ayuda a mantener este medio de comunicación y ofrecerte información de calidad.

Por eso te pedimos que nos apoyes y desactives el bloqueador de anuncios. Gracias.

Continuar...

Luis Vegas Ventosa

El disputado voto del concejal tránsfuga

Martes, 10 de Febrero de 2015 Tiempo de lectura:

Tras el tumultuoso paso del ex-concejal del Partido Popular José Antonio Lorenzo a la situación de concejal no adscrito, se han venido celebrando los suficientes plenos municipales, ordinarios y extraordinarios, como para intentar radiografiar la situación política en el municipio de San Martín de la Vega.

Desde el PP local se ha iniciado estos días una campaña informativa sobre lo que este grupo político ha dado en llamar “Moción de censura encubierta”, basada en el supuesto de la utilización, por los grupos de la oposición, del voto de dicho concejal para “bloquear las acciones municipales”, además de acusar a dichas formaciones de “no tener valentía para presentarla de forma real”.

Pareciera deducirse de estas acusaciones un supuesto pacto, cuyo único objetivo sería unificar el voto contrario a las propuestas del equipo de gobierno, pero, tal y como se puede comprobar, pleno tras pleno, el concejal no adscrito vota, ora a favor del equipo de gobierno, ora a favor de las propuestas de la oposición, o bien, se abstiene.

Las motivaciones y argumentos que inclinan la balanza de ese voto hacia un lado o hacia el otro, única y exclusivamente, pertenecen al mismo y será, este y no otros, el responsable de las consecuencias de su voto. La oposición, por su parte, debe asumir la responsabilidad propia del sentido de su voto, ante sus votantes y resto de vecinos, y, en ningún caso, responder de lo que dicho concejal tenga a bien votar y/u opinar.

No podemos obviar que el mandato representativo pertenece a los concejales elegidos democráticamente y no al partido en cuyas listas concurrió a las elecciones, por lo que todas aquellas argumentaciones que critican la situación del concejal no adscrito, carecen de toda validez legal en la actualidad.

Si al voto contrario a sus propuestas el PP lo califica de moción de censura encubierta, ¿Cómo calificaran entonces la situaciones en la que el voto de dicho concejal otorga la mayoría a sus propuestas? ¿Cuestión de confianza encubierta?

La alcaldesa Carmen Guijorro desafía a los grupos de la oposición para que propongan una moción de censura hacia su persona, demostrando su “interesado” desconocimiento sobre la regulación de dicha opción y cuyo régimen jurídico básico se encuentra regulado en el artículo 197 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, modificado mediante la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero. En concreto, en relación a la presentación, tramitación y votación de mociones de censura contra alcaldes, quedando la redacción de dicho precepto como sigue:

a) La moción de censura deberá ser propuesta, al menos, por la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación y habrá de incluir un candidato a la
alcaldía, pudiendo serlo cualquier concejal cuya aceptación expresa conste en el escrito de proposición de la moción.
 
En el caso de que alguno de los proponentes de la moción de censura formara o haya formado parte del grupo político municipal al que pertenece el alcalde cuya censura se propone, la mayoría exigida en el párrafo anterior se verá incrementada en el mismo número de concejales que se encuentren en tales circunstancias.

Este mismo supuesto será de aplicación cuando alguno de los concejales proponentes de la moción haya dejado de pertenecer, por cualquier causa, al grupo político municipal al que se adscribió al inicio de su mandato.

Trasladado a la situación actual del Ayuntamiento de San Martín supondría que aquel o aquellos grupos que intentaran plantear una moción de censura contra la alcaldesa necesitarían, para poder proponerla, de la firma de toda la oposición, el concejal no adscrito y, al menos, uno de los concejales del grupo popular (10 firmas). Cuanto menos sería una situación rocambolesca el hecho de que se planteara una moción de confianza con la firma y voto favorable de uno de los concejales del PP.

¿Se le ocurre a la alcaldesa quién de sus siete concejales pudiera hacer de Judas Iscariote y firmarla?

Recomendable, por tanto, no hacer brindis al sol y centrarse en la tarea de gestión municipal restante estos cuatro meses, la cual, si se encaminara hacia el logro de consensos y acuerdos con el resto de formaciones, se convertiría en un ejercicio de democracia y política basado en los intereses de los vecinos y no en los electoralistas propios.

Ver comentarios (2)
Comentar esta noticia
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.34

Quizás también te interese...

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.