Nulidad de la “cláusula suelo” en las hipotecas bancarias
A pesar de haber rechazado en un inicio las demandas que venían pidiendo la nulidad de la Cláusula Suelo, la tendencia de los Tribunales está cambiando y en los últimos meses se están dictando numerosas sentencias en los Juzgados que declaran su nulidad en los contratos hipotecarios.
La cláusula suelo es un tipo de interés mínimo impuesto por los bancos que impide que el usuario pueda beneficiarse de los bajos tipos de interés. Es decir, cuando negociamos nuestra hipoteca se suele pactar el Euribor más unos decimales como cálculo de cuota a pagar mensual. De forma que la subida de intereses supone que nuestra hipoteca subirá y la bajada de intereses que nuestra hipoteca será más barata.
La realidad es que los intereses han
bajado espectacularmente y, sin embargo, los bancos previendo la situación
impusieron una barrera a la bajada (entre el 3,5% y el 5,5%) Ese límite en
nuestro contrato es la denominada cláusula suelo y los tribunales la han
declarado nula cuando no viene acompañada de una cláusula techo que beneficie
al usuario y límite también la subida (principio de reciprocidad e igualdad
entre los contratantes) o la cláusula techo sea mucho más alta que la suelo en
puntos porcentuales.
Por poner un ejemplo básico, hace un año el Euribor bajó y paso del 2% que se encontraba a principios del año pasado a desplomarse hasta llegar al 0,5% a finales de 2012. Una hipoteca con cláusula suelo al 5,39% puede suponer un desfase de 5.000 euros anuales.
Los Tribunales no solo declaran la
nulidad de la cláusula sino que además obligan al banco a devolver las
cantidades pagadas de más sino se hubiera aplicado la cláusula suelo. Las
demandas si se hicieran extensivas y numerosas preocupan al sector bancario que
se encontraría ante un serio problema de calado social. Ante esta situación los
Juzgados solo vienen estimando las demandas individuales, caso por caso y
examinando la singularidad de cada préstamo hipotecario.
Los pinteños deberían estudiar sus hipotecas para comprobar si contienen esta cláusula en sus contratos. Las devoluciones podrían oscilar entre los 2.000 y 12.000 euros anuales por persona.
*Antonio Roqueñi Berrocal es abogado (c/ San Vicente Martir, 31, bajo – Pinto)
Sergio | Martes, 19 de Marzo de 2013 a las 12:09:56 horas
Buenos días,
Para eliminar el suelo de la hipoteca lo primero es comprobar la oferta vinculante que nos debería haber dado el banco para que firmaramos antes de la escritura. En muchos casos esta oferta vinculantes contiene irregularidades con lo que es más fácil hacer la reclamación. A parte si el suelo y el techo están desproporcionados se puede argumentar la reclamación en la falta de reciprocidad. Para ver los pasos a seguir os aconsejo que reviséis estás páginas donde se explica mejor como reclamar para conseguir eliminarla:
http://www.clausulasuelo.info
http://www.josportal.com
Yo seguí los pasos y conseguí que el servicio de atención al cliente del BBVA me eliminará la mía sin tener que presentar una demanda judicial.
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