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Presunta ilegalidad en una contratación del Ayuntamiento de Pinto

Laura Rodriguez Ver comentarios 2 Martes, 23 de Junio de 2020 Tiempo de lectura:

El Ayuntamiento de Pinto ha infringido presuntamente la ley en el pliego de condiciones para la adquisición de 23 tablet para uso escolar. Así lo asegura a ZIGZAG una ciudadana conocedora de los procedimientos administrativos de contratación.

[Img #26495]La informante denuncia que en las características técnicas del pliego, el Ayuntamiento de Pinto exige que las tablet sean de una marca y modelo concretos –textualmente de la multinacional china Lenovo–, algo que prohibe la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (LCAP).

 

Concretamente el artículo 53.2 de la LCAP dice que “no podrán incluirse en el pliego especificaciones técnicas que mencionen productos de una fabricación o procedencia determinada […] que tengan por efecto favorecer o eliminar determinadas empresas o determinados productos. Especialmente no se indicarán marcas, patentes o tipos, ni se aludirá a un origen o producción determinado”.

 

Este imperativo legal está refrendado por las Directivas 23 y 24 de 2014 de la Unión Europea, que se plasma en la modificación de la ley española de Contratos del Sector Público (2017), cuyo artículo 126.6 establece que “las prescripciones técnicas no harán referencia a una fabricación o una procedencia determinada, o a un procedimiento concreto que caracterice a los productos o servicios ofrecidos por un empresario determinado, o a marcas, patentes o tipos, o a un origen o a una producción determinados. [Tal referencia] se autorizará, con carácter excepcional [pero] deberá ir acompañada de la mención ‘o equivalente’”.

 

El plazo de licitación del pliego del Ayuntamiento de Pinto para la compra de las 23 tablet finaliza hoy, 23 de junio.

 

La vecina informante, que prefiere mantener su nombre en el anonimato, ha comentado a Zigzag sentirse “preocupada por el desconocimiento de la Ley de los Técnicos Municipales”.

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