Presunta prevaricación de la alcaldesa y los concejales del PP de SMV
En el pleno (extraordinario) celebrado el pasado día 15 de enero el equipo de gobierno del PP de San Martín de la Vega apoyó con sus votos la aprobación provisional del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). Tanto el PSOE como IU votaron en contra del último trámite municipal del Plan, pues la aprobación definitiva corresponde al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
Este PGOU contiene, entre otras cuestiones, lo que a mi modo de ver supone un regalo para las sociedades propietarias (creo que son tres) de los terrenos incluidos en el sector Parque de Ocio. El PP de San Martín ha decidido aumentar la edificabilidad del sector en casi un 50% más y la ha pasado de los 825.000 metros cuadrados edificables a 1.225.000. Un regalo de 360.000 metros cuadrados edificables (una vez descontados los 40.000 que deben ceder al Ayuntamiento en concepto de 10% de aprovechamiento). En el regalo se incluyen 110.000 metros cuadrados para la construcción de 550 viviendas.
La cuantificación económica del regalo varía en función de la valoración, para lo que haré dos aproximaciones:
- 215,32 €/m2, precio del aprovechamiento medio municipal incluido en el proyecto de compensación del sector Parque de Ocio aprobado en el año 1999, ascendería a unos 78 millones de euros.
- 395,26 €/m2, precio pactado con Parque Temático de Madrid en el compromiso firmado el 12 de julio de 2006, 142 millones de euros
Desde el punto de vista político la alcaldesa y su equipo no han dado ningún tipo de explicación, mínimamente solvente, que justifique la medida de regalar edificabilidad por tal cantidad de millones de euros.
Y esta medida se adopta cuando ya existe un pronunciamiento del Tribunal Supremo diciendo que prácticas de este tipo son ilegales, y me explico. Una propuesta similar, de modificación puntual de las Normas Subsidiarias del planeamiento municipal de San Martín, fue aprobada por el Ayuntamiento en diciembre de 2006, con los informes favorables tanto de Secretaria como del Servicio de Urbanismo, y tuvo el siguiente recorrido administrativo y contencioso-administrativo:
1. El 27 de diciembre de 2006 la Comisión de Urbanismo de Madrid aprobó definitivamente la 3ª Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de San Martín de la Vega, en el ámbito del Plan Parcial del Sector SAU-D, "Parque de Ocio de la Comunidad de Madrid". 825.000 m2 edificables a 1.130.000 m2, lo que suponía un incremento neto de 305.000 m2, de los cuales 274.500 m2 se adjudicaban a la Parque Temático de Madrid, S. A y 30.500 m2 al Ayuntamiento de San Martín de la Vega.
2. La sociedad que vendió los terrenos del Parque temático a ARPEGIO (Comunidad de Madrid) y que aún posee suelo colindante a dicho sector (SAU-D), además de haber presentado alegaciones en periodo de información pública de aprobación inicial de la modificación (que fue desestimada por el Ayuntamiento), interpuso recurso contencioso-administrativo que fue tramitado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (nº 250/2007).
3. Por sentencia de fecha 20 de noviembre de 2009 el citado Tribunal anuló la mencionada modificación del planeamiento, y por tanto el aumento de la edificabilidad proyectado.
4. Esa sentencia fue recurrida en casación ante el Tribunal Supremo por la Comunidad Autónoma de Madrid y por las sociedades Parque Temático de Madrid, S. A. y ARPEGIO, Áreas de Promoción Empresarial, S. A.
5. El Tribunal Supremo, en sentencia de 9 de julio de 2013, desestima el recurso de casación y confirma la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid por el que se anula la modificación urbanística.
Los motivos aducidos por el Tribunal Supremo para anular el aumento de edificabilidad en el sector, entre otros, son:
a) Existe desviación de poder, definida como el ejercicio de potestades administrativas para fines distintos de los fijados por el ordenamiento jurídico.
b) La verdadera finalidad de la modificación del planeamiento fue "(...) posibilitar que Parque Temático de Madrid S. A., recuperara su equilibrio patrimonial y pudiera liquidar toda la deuda que le era exigible en aquel momento", objetivo final que se esperaba alcanzar mediante el incremento del aprovechamiento lucrativo de la actuación.
c) Otro tanto cabe decir de que como consecuencia del incremento de aprovechamientos se espera potenciar el empleo y la inversión en el municipio de San Martín de la Vega, siendo una falacia el silogismo de que a mayor aprovechamiento mayor empleo, pues lo único indudable es que el incremento de la edificabilidad, cuando afecta exclusivamente a parcelas lucrativas privadas destinadas usos susceptibles de negocio inmobiliario a quién benefician es a la propiedad.
Pues ahora, el PP de San Martín con su alcaldesa a la cabeza decide hacer caso omiso a la sentencia del Tribunal Supremo y aumentar la edificabilidad del sector Parque de Ocio de 825.000 m2 edificables, en lugar del 1.130.000 m2 (que fueron anulados), a 1.225.000. Como ya he dicho, regalar 360.000 m2 edificables (de los que 110.000 m2 son para la construcción de 550 viviendas) a tres sociedades. Eso sí ahora no se justifica en "(...) posibilitar que Parque Temático de Madrid S. A., recuperara su equilibrio patrimonial y pudiera liquidar toda la deuda exigible (…)”. Regalo cuya valoración pudiera ascender a una cifra que podría oscilar entre los 78 a 142 millones de euros.
Hasta ahora estaba convencido de que las sentencias de los tribunales, con independencia de compartirlas o no, y máxime las del Tribunal Supremo, estaban para cumplirse.
Por ello, esta actuación de los populares de San Martin pudiera haber incurrido en el delito de prevaricación tipificado por el artículo 404 del Código Penal, que dice: “A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años.”
Pero con independencia de lo anterior, debiéramos tomar buena nota de qué intereses son los que defiende la actuación de nuestro gobierno municipal, mientras las vecinas y los vecinos de San Martín somos objeto de reducción de servicios día a día.
Juan Carlos Vállega Fernández fue alcalde de San Martín de la Vega (1988-2003).
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