El administrador de la comunidad recuerda que el objetivo de la ordenanza municipal es “facilitar las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio”.
Los propietarios del bloque 13 de la calle Parque Éboli han tenido que recurrir al Defensor del Pueblo y denunciar a su Ayuntamiento. No les ha quedado otro remedio ante la negativa del gobierno de Ganemos Pinto a poder construir un ascensor aprobado el año pasado por la comunidad de vecinos. “No es posible la concesión de la licencia solicitada”, fue la respuesta del concejal de ‘Modelo de Ciudad’, Raúl Sánchez, a la petición de los vecinos de instalar un ascensor.
Mientras que la ley 8/2013 de rehabilitación urbana “obliga” a ejecutar “las obras que resulten necesarias para satisfacer los requisitos básicos de accesibilidad universal”, el gobierno local vuelve a enmascararse en los técnicos para denegar una obra imprescindible para la vida digna de estos vecinos con movilidad reducida.
Llueve sobre mojado | Este nuevo caso de insensibilidad y regresión social protagonizado por el gobierno de Ganemos Pinto se suma a otros ejecutados por este mismo grupo político. Por ejemplo, la carta de desahucio de la residencia municipal que envió el 30 de diciembre de 2015 a cinco ancianos -hoy fallecidos- o la también carta de desahucio de una vivienda municipal en alquiler social que remitió en 2017 a M.D.G, mujer separada, en paro y con tres hijos, uno menor y otro con una grave enfermedad.
Estos y otros flagrantes casos de desamparo social, negligencias administrativas o arbitrariedades contra vecinos y entidades locales no afines, llevados a cabo por Ganemos Pinto en sus cuatro años de gobierno, dejan atónitos a quienes de buena fe se creyeron el discurso regenerador y social que proclamaban.
Dime de qué presumes… | Basten dos apuntes para ilustrar lo dicho en el párrafo anterior. En su programa electoral -ese que decía “no aspiramos a cambiar el mundo, aspiramos a mucho más”- en materia de rehabilitación de edificios prometían “subvencionar a aquellas fincas de barrios antiguos [como el de Parque Éboli] que tengan que realizar obras de rehabilitación”. ¡Y qué obra de rehabilitación más importante hay para unas personas mayores y/o con problemas graves de movilidad que poder tener un ascensor para acceder a los pisos altos de sus viviendas! Además, en este caso los vecinos ni siquiera piden subvención alguna, sino que lo sufragan de sus propios bolsillos.
En otro apunte del programa, Ganemos Pinto se comprometía a “impulsar un plan de ayudas para la adaptación de las viviendas en las que residan discapacitados, dependientes o ancianos que precisen de esas reformas”. Los vecinos del bloque 13 de la calle Parque Éboli reúnen las tres características: hay discapacitados, hay dependientes y hay ancianos. Todos ellos “precisan esas reformas” (el ascensor) como agua de mayo, pero Ganemos, una vez más, promete una cosa y hace la contraria.
Un rechazo incomprensible | Pero ¿por qué un grupo que decía “priorizar a las personas y sus necesidades, centrando el foco de gobierno en las más vulnerables” y “solucionar los problemas de las personas con movilidad reducida eliminando las barreras arquitectónicas”, etc. deviene en semejante parvedad e impide que unos vecinos muy mayores y con movilidad reducida puedan tener en su vivienda antigua un elevador? [hoy sería ilegal construir viviendas de cuatro pisos sin ascensor].
¿Qué ley, justicia o razón puede justificar la negativa a que estas personas puedan instalar en sus viviendas un imprescindible ascensor para tener una vida más digna?. Elevador, además, que se pagan de sus bolsillos (120.000 euros de presupuesto) con mucho esfuerzo dadas sus pequeñas economías.
Decía Tierno Galván que los programas electorales están para incumplirlos, pero esta cínica confesión del ‘viejo profesor’ era propia de la casta para los nuevos profetas de Ganemos. Y sin embargo, al final resulta que la manifestación cínica del ‘viejo profesor’ y la realidad vigente de Ganemos Pinto son una y la misma cosa. Una vez en el gobierno, estos profetas que decían aspirar a “mucho más que cambiar el mundo” nos han mostrado la vacuidad de sus palabras, la carencia de sus hechos y la simpleza de sus recetas.
El principio | Pero empecemos por el principio de esta triste y desdichada historia. El 20 de julio pasado los vecinos del bloque 13 de Parque Éboli solicitan al Ayuntamiento de Pinto la correspondiente licencia de obra mayor para la instalación de un ascensor en el edificio. Para que esta obra sea posible desde la calle, se ocupan 6,24 metros cuadrados del espacio interbloques (de un total de más de 6.000 metros cuadrados), espacio que no es de titularidad pública sino de la mancomunidad de Parque Éboli, mancomunidad que incluso los técnicos municipales reconocen “desconocer su actual vigencia”.
Como el Ayuntamiento no responde a la petición de esta licencia (un caso más recurrente de la morosidad en los servicios técnicos municipales), el 15 de octubre el administrador de la comunidad del bloque 13 de Parque Éboli les envía una carta en la que pide que el Ayuntamiento responda por escrito a la solicitud de la licencia, ante “la urgente necesidad de romper barreras arquitectónicas que supone la escalera de este edificio, impidiendo la movilidad de personas de avanzada edad con importantes limitaciones físicas (…). Estas personas viven enclaustradas en sus viviendas pudiendo mejorar la instalación del ascensor su calidad de vida, motivo por el cual es un deber de los responsables municipales flexibilizar los requisitos atendiendo a la finalidad que persiguen”.
El administrador recuerda a los técnicos municipales y al gobierno de Pinto que uno de los objetivos de la Ordenanza Municipal de Evaluación de Edificios es “facilitar las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio”.
Una respuesta indecente | “No es posible la concesión de la licencia solicitada”, fue la respuesta firmada por el concejal de ‘Modelo de Ciudad’, que tiene fecha de salida del Ayuntamiento el 30 de octubre y la reciben los vecinos el 5 de noviembre.
Para nada tiene en cuenta el concejal las disposiciones legales que obligan a ejecutar “las obras que resulten necesarias para satisfacer los requisitos básicos de accesibilidad universal” (Ley 8/2013), ni siquiera la propia ordenanza municipal que insiste en este objetivo. Al contrario, con argumentos caducos y antisociales deniega la licencia para la instalación del ascensor.
El escrito, realizado por los servicios técnicos del Ayuntamiento, basa la negativa a la licencia en:
1º. El ascensor “ocupa terrenos” que no son propios del bloque. A esto contesta (7 diciembre) el arquitecto Enrique Villares, redactor del proyecto del ascensor, que el edificio “está dentro de un espacio común cuya titularidad no es pública” y que “la delimitación catastral de la edificación no establece en ningún caso un derecho de propiedad”.
2º. Su instalación haría que la finca tuviese “un incremento de edificabilidad”. El arquitecto replica que “no se ven afectados por el aumento de edificabilidad los trabajos necesarios para cumplir con la Ley 8/2013” y que “tienen carácter obligatorio las obras necesarias para satisfacer la accesibilidad universal”. Así la ley obliga a realizar estas obras, siempre que sean “requeridas a instancia de los propietarios [como es el caso del bloque 13 de Parque Éboli] en cuya vivienda vivan personas con discapacidad o mayores de setenta años [características que también concurren en los peticionarios] con el objeto de asegurarles la instalación de rampas, ascensores…”.
3º. El suelo interbloques ocupado -señalan los técnicos municipales- “debe ser consensuado con la totalidad de los propietarios del barrio”, aunque más adelante reconocen que “desconocen” si esa mancomunidad “tiene actualmente vigencia”. La respuesta a esta objeción del técnico que redactó la licencia es que “la ocupación del suelo [6,24 m2 de un total de más de 6.000 m2] no necesita la autorización del conjunto de los copropietarios, las obras tienen carácter obligatorio y no requieren acuerdo alguno de la junta de propietarios (…) lo que es obligatorio a partir del 4 de diciembre de 2017”.
4º. Como traca final, el concejal de Ganemos Pinto acaba su escrito dando un “plazo de 10 días” a los vecinos para responder a su denegación del ascensor. Sin embargo han pasado más de tres meses desde que el arquitecto redactor de la licencia desmontó todos y cada uno de los peregrinos argumentos en los que se fundan los técnicos para denegar la licencia y aún a fecha de hoy no le han contestado.
Ya es curioso que un Ayuntamiento con casi 400 empleados tarde 100 días en contestar a una petición de licencia mientras exige a los administrados contestación en 10 días. Pero es indignante que ese mismo gobierno que por negligencia administrativa (una más) perdió la subvención regional de 43.000 € para cursos de sus trabajadores, ponga como excusa de esta pérdida que era “materialmente imposible” (Daniel Santacruz) realizar los trámites en el corto plazo de tiempo que daba la Comunidad de Madrid, cuando los 14 restantes municipios que optaban a esa subvención cumplieron el plazo y recibieron las correspondientes subvenciones.
Y en el colmo de los despropósitos, el escrito del concejal finaliza con una advertencia que suena a amenaza: “El Ayuntamiento procederá en el plazo de tres meses a declarar la caducidad del procedimiento [lo que] supondrá la pérdida del ingreso de la autoliquidación a cuenta” (casi 5.000 € depositados por los vecinos).
Cuando se pensaba en las personas | En 1997, con el primer gobierno de Antonio Fernández (PSOE), el Ayuntamiento firmó un convenio con los propietarios de Parque Éboli para la reurbanización de los espacios libres interbloques del barrio. Se plantaron especies vegetales, se instaló mobiliario urbano, juegos infantiles, etc, comprometiéndose además el Ayuntamiento al mantenimiento futuro del espacio, lo que sigue vigente a día de hoy. A cambio, los propietarios de Parque Éboli aceptaron la apertura del espacio al uso público. Se dignificó así una zona degradada y sin mantenimiento que fue beneficiosa para los vecinos del barrio y para los pinteños en general.
También tenemos constancia de que hace 20 años el Ayuntamiento dio solución a la petición por parte de los vecinos del nº 14 de la calle Pedro Salinas para construir una rampa de acceso a sus viviendas (que antes tenían escaleras que suponían una barrera arquitectónica). Esta rampa se construyó en terreno público. Entonces el gobierno municipal invocó que la obra era necesaria para mejorar la vida de esos vecinos e instó a los técnicos municipales a que hiciesen los informes favorables oportunos. A este caso, se suman otros varios en los que el Ayuntamiento, con otros gobiernos, ha cedido suelo del viario público, aceras y calzadas para construir rampas de acceso a portales, escaleras de evacuación de garajes y cajas de ascensor en las calles Concepción, Alpujarras, etc. todo ello de acuerdo con la ley 8/1993 de accesibilidad de la Comunidad de Madrid, que prioriza los derechos de las personas con movilidad reducida, discapacidad, etc a los derechos colectivos de uso y disfrute de la propiedad del suelo o de elementos comunes de los edificios.
Sin embargo, los que venían a “priorizar a las personas y sus necesidades”, los que decían que pondrían “el foco de gobierno en los más vulnerables” y que solucionarían “los problemas de las personas con movilidad reducida”, anteponen -y así lo han hecho en toda la legislatura- los formalismos obsoletos a las necesidades de las personas.
Porque tanto los técnicos como los gobernantes de Ganemos Pinto saben -o deberían saber- que además de los casos antes señalados en nuestra localidad, tanto en la capital como en otros municipios se están montando ascensores en terrenos públicos, en terrenos privados y donde haga falta cuando lo solicita un ciudadano con problemas de accesibilidad como es el caso de los vecinos del bloque 13 de Parque Éboli.
Clamar en el desierto | ¿Quién podría vaticinar semejante oposición de Ganemos Pinto a un problema real que puede/debe solucionarse con urgencia debido a las especiales circunstancias de los vecinos implicados? Finalizamos con la carta que Eloy Arribas, de 85 años de edad, presidente de la comunidad de vecinos del bloque 13 de Parque Éboli, envió, como último recurso, al alcalde Rafael Sánchez el pasado 7 de diciembre.
“Ilustrísimo Sr. Alcalde -escribe Eloy- me dirijo a usted porque el asunto está enquistado desde hace demasiado tiempo y le aseguro que no estamos para seguir perdiéndolo. En este portal, como en la mayoría de portales del Parque Éboli, vivimos varios vecinos con edades similares a la mía y, como Ud. se podrá imaginar, con bastantes problemas de movilidad. En nuestro bloque teníamos dos vecinos (digo teníamos porque uno ha fallecido hace unos días) que no podían bajar las escaleras solos porque iban en silla de ruedas y otros, como mi mujer o yo mismo, que cuando sufrimos algún ataque de reuma podemos estar varios días sin salir de casa. Por ello, se propuso a los vecinos montar un ascensor y pese al grandísimo esfuerzo económico que conlleva esta obra, accedieron (…). Desde que pedimos la licencia han pasado 140 días que se nos están haciendo eternos y como no vemos el fin de este proceso me he visto obligado a recurrir a Ud, suplicándole que tome las medidas oportunas para solucionar de forma urgente nuestro gran problema”.
Eloy aún está esperando la respuesta del alcalde… Su comunidad ha tenido que recurrir al Defensor del Pueblo (8 de febrero) en busca de justicia.
Pedrooo | Martes, 26 de Marzo de 2019 a las 19:35:10 horas
Corral, la izquierda tenéis mucho miedo a la Rabaneda jajaja
Os gana todas las elecciones y os asusta, pero no sé que tiene que ver criticarla en un tema en el que la izquierda ha dado auténtica vergüenza ajena. No atender unas reclamaciones SOCIALES como esta... Disfrutad de lo votado
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