Birdlife
Tienes activado un bloqueador de publicidad

Intentamos presentarte publicidad respectuosa con el lector, que además ayuda a mantener este medio de comunicación y ofrecerte información de calidad.

Por eso te pedimos que nos apoyes y desactives el bloqueador de anuncios. Gracias.

Continuar...

Condena a Pedro Torrejón y a Joaquín Tejeiro por un delito de falsedad en documento mercantil y ratifica la absolución de los demás delitos

El Supremo se pronuncia sobre el ‘caso Ciempozuelos’

Ver comentarios 1 Viernes, 03 de Junio de 2016 Tiempo de lectura:

[Img #14675]La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a los ex alcaldes de Ciempozuelos Pedro Torrejón y Joaquín Tejeiro a un año de prisión y 4.015 euros de multa por un delito de falsedad en documento mercantil. Torrejón ha anunciado que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Constitucional y el de Derechos Humanos de Estrasburgo. Por otro lado, el Supremo ratifica la absolución dictada por la Audiencia Provincial de Madrid de los otros 13 delitos que la acusación había formulado por el llamado ‘caso Ciempozuelos’.

El Supremo estima así el recurso de casación interpuesto por el ministerio fiscal a la sentencia de la Audiencia sobre el delito de falsedad en documento mercantil y rechaza el recurso del Partido Popular que solicitaba la nulidad de toda la sentencia de la Audiencia.

La Audiencia había absuelto a Pedro Torrejón, Joaquín Tejeiro y a otras 13 personas y 10 sociedades mercantiles de los delitos de fraude urbanístico, evasión fiscal, blanqueo de dinero, cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, apropiación indebida y alzamiento de bienes, entre otros. El Supremo ratifica en su sentencia la absolución de estos delitos vaciando de contenido el  ‘caso Ciempozuelos’.

[Img #14676]La condena | El portavoz de Ciudadanos por Ciempozuelos, Pedro Torrejón, ha anunciado que “recurriré la sentencia al Tribunal Constitucional y al europeo de Estrasburgo porque yo no he cometido ningún delito de falsedad documental”.

La condena es porque desde el fax del domicilio de Torrejón, Joaquín Tejeiro envió un contrato falso al banco andorrano Andbanc en el que, para justificar ingresos, decía que recibiría una comisión de 40 millones de euros por recalificar terrenos. El contrato llevaba la firma de Tejeiro y la del director general de Esprode que resultó ser falsa, es decir, que fue falsificada por Tejeiro, como él mismo reconoció en juicio y ratificaron dos informes periciales.

En cuanto a la eficacia del falso contrato, la propia sentencia del Supremo dice que  “el tribunal entiende que el contrato no existió”, que fue “pura invención de Joaquín Tejeiro”.y que además “no acabó produciendo los efectos jurídicos” buscados.

 

Ver comentarios (1)
Comentar esta noticia
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.101

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.